Revisión de oficio: qué hacer cuando el INSS te la propone sin haberla solicitado
Recibir una carta del INSS comunicándote que va a revisar tu incapacidad permanente sin que tú lo hayas pedido puede generar una sensación de desconcierto e inquietud inmediata. La revisión de oficio es uno de esos procedimientos que pueden poner en riesgo una prestación que, para muchos, representa su único sustento económico. Como abogado especializado en incapacidades permanentes, he visto cómo esta situación genera angustia e incertidumbre en quienes se enfrentan a ella sin la información adecuada.
Te entiendo perfectamente si te sientes vulnerable ante esta comunicación inesperada. El INSS tiene la potestad legal para iniciar estas revisiones, pero tú tienes derecho a conocer cómo funciona este procedimiento y a defenderte adecuadamente. En este artículo, te explicaré detalladamente qué es una revisión de oficio, por qué el INSS puede proponértela sin que la hayas solicitado, cuáles son tus derechos y, lo más importante, qué pasos debes seguir para proteger tu prestación.
¿Qué es exactamente una revisión de oficio por parte del INSS?
La revisión de oficio es un procedimiento mediante el cual el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) decide, por iniciativa propia, evaluar nuevamente tu estado de salud para determinar si persisten las limitaciones que dieron lugar al reconocimiento de tu incapacidad permanente. Este mecanismo está contemplado en el artículo 200 del Real Decreto Legislativo 8/2015, que aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).
A diferencia de la revisión a instancia del propio beneficiario (cuando tú solicitas que te revisen por empeoramiento), o de la revisión por mejoría prevista en la resolución inicial, la revisión de oficio iniciada por el INSS puede producirse en cualquier momento si la entidad considera que existen indicios de cambio en tu situación médica.
Fundamentos legales de la revisión de oficio
El marco normativo que regula este procedimiento establece que:
- El INSS puede iniciar una revisión en cualquier momento hasta que cumplas la edad de jubilación (art. 200.2 LGSS)
- La revisión puede tener como resultado el mantenimiento, modificación o extinción de tu prestación
- Debe estar fundamentada en una causa objetiva (mejoría, error diagnóstico o posibilidad de rehabilitación laboral)
Motivos por los que el INSS puede proponerte una revisión sin haberla solicitado
Cuando el INSS decide iniciar una revisión de oficio de tu incapacidad permanente, no lo hace de manera arbitraria. Existen varios motivos legítimos que pueden desencadenar este procedimiento:
Sospecha de mejoría en tu estado de salud
El motivo más frecuente es que el INSS tenga indicios de que tu condición médica ha experimentado una mejoría significativa. Estos indicios pueden provenir de:
- Informes médicos del sistema público de salud
- Bajas de seguimiento por la misma patología con evolución favorable
- Nuevos tratamientos que hayan podido mejorar tu pronóstico
- Informes de especialistas que indiquen recuperación funcional
Error de diagnóstico o valoración inicial
En ocasiones, el INSS puede considerar que hubo un error en la valoración inicial de tu incapacidad. Esto puede ocurrir cuando:
- Aparecen nuevas pruebas diagnósticas que contradicen las anteriores
- Se detecta que el diagnóstico original no era correcto
- La valoración de las limitaciones funcionales pudo ser sobreestimada
Controles periódicos programados
Algunas incapacidades permanentes se conceden con un plazo de revisión establecido, especialmente cuando:
- La patología es susceptible de mejoría a medio plazo
- Existen tratamientos en curso que podrían modificar el pronóstico
- La edad del beneficiario hace prever posible recuperación
Denuncias o inspecciones
Aunque menos frecuente, el INSS también puede iniciar una revisión tras:
- Denuncias de terceros sobre posible actividad incompatible
- Inspecciones rutinarias que detecten indicios de mejoría
- Comprobación de actividades que contradigan las limitaciones reconocidas
Fases del procedimiento de revisión de oficio: qué esperar cuando el INSS te la propone
Cuando el INSS decide iniciar una revisión de oficio de tu incapacidad permanente, el procedimiento sigue unas fases establecidas que es fundamental conocer para poder prepararte adecuadamente:
Notificación inicial
El proceso comienza con una comunicación oficial que recibirás por correo certificado. Esta notificación debe incluir:
- La decisión de iniciar el procedimiento de revisión
- Los motivos generales que justifican dicha revisión
- La fecha aproximada en que serás citado para evaluación
- Información sobre tus derechos durante el procedimiento
Es crucial que no ignores esta comunicación y que comiences a prepararte desde este mismo momento.
Recopilación de documentación médica actualizada
Tras recibir la notificación, el INSS solicitará tu historial médico actualizado a los servicios públicos de salud. Paralelamente, tú deberías:
- Solicitar a tus médicos informes actualizados de tu estado
- Recopilar resultados de pruebas diagnósticas recientes
- Conseguir informes de especialistas que te tratan actualmente
- Documentar cualquier tratamiento, terapia o rehabilitación que estés siguiendo
Examen por el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI)
Este es quizás el momento más determinante del proceso. Serás citado para una evaluación por parte del médico evaluador del INSS y, posteriormente, tu caso será estudiado por el EVI, que emitirá un dictamen-propuesta. Durante esta fase:
- Te realizarán una exploración física detallada
- Evaluarán tu historial médico completo
- Valorarán la evolución de tus patologías
- Determinarán si persisten las limitaciones funcionales que justificaron la incapacidad
Resolución del INSS
Finalmente, el Director Provincial del INSS emitirá una resolución basada en el dictamen del EVI, que puede tener tres posibles resultados:
- Confirmación de tu incapacidad: Se mantiene en los mismos términos
- Modificación del grado: Puede aumentar (por empeoramiento) o disminuir (por mejoría)
- Extinción de la incapacidad: Si consideran que te has recuperado totalmente
Esta resolución debe estar debidamente motivada y te será notificada formalmente.
Cómo actuar cuando recibes la notificación de revisión de oficio del INSS
El momento en que recibes la carta del INSS comunicándote el inicio de una revisión de oficio de tu incapacidad permanente es crucial. Las acciones que emprendas desde este instante pueden determinar el resultado final del procedimiento. Te recomiendo seguir estos pasos:
No entres en pánico y actúa con rapidez
Lo primero que debes tener claro es que una revisión no significa automáticamente que vayas a perder tu prestación. Muchas revisiones concluyen confirmando la incapacidad. Sin embargo, debes actuar con diligencia:
- Anota la fecha de recepción de la notificación
- Lee detenidamente todo el contenido del documento
- Identifica los plazos mencionados para cada trámite
- Organiza una carpeta específica para toda la documentación relacionada con este proceso
Busca asesoramiento legal especializado
En mi experiencia como abogado especializado en incapacidades permanentes, he comprobado que contar con asesoramiento profesional desde el primer momento marca una diferencia sustancial en el resultado. Un especialista podrá:
- Analizar tu caso particular y la solidez de tu situación
- Orientarte sobre qué documentación médica necesitas actualizar
- Prepararte para la evaluación del médico del INSS
- Anticipar posibles escenarios y desarrollar estrategias adecuadas
Acude a tus médicos tratantes
Es fundamental que contactes inmediatamente con los especialistas que te tratan habitualmente:
- Explícales que estás en proceso de revisión de incapacidad
- Solicita informes actualizados y detallados de tu estado actual
- Pide que especifiquen claramente las limitaciones funcionales que persisten
- Asegúrate de que relacionen tus patologías con las dificultades concretas para desempeñar tu profesión
Documentación crucial que debes preparar ante una revisión de oficio no solicitada
Cuando el INSS inicia una revisión de oficio de tu incapacidad permanente, la documentación que presentes puede ser determinante. No basta con confiar en que el INSS recopilará toda la información relevante; debes ser proactivo y presentar pruebas sólidas que respalden la persistencia de tus limitaciones.
Informes médicos actualizados
Los informes médicos constituyen la columna vertebral de tu defensa. Debes conseguir:
- Informes de especialistas: Neurología, reumatología, traumatología, psiquiatría o cualquier otra especialidad relacionada con tus patologías
- Informes de tu médico de atención primaria: Que reflejen el seguimiento continuado y la evolución de tus dolencias
- Informes de urgencias: Si has tenido crisis o agudizaciones que hayan requerido atención urgente
- Informes de rehabilitación: Que documenten los tratamientos recibidos y sus resultados
Es crucial que estos informes sean recientes (preferiblemente de los últimos 3-6 meses) y que detallen específicamente tus limitaciones funcionales actuales.
Pruebas diagnósticas objetivas
Las pruebas diagnósticas aportan evidencia objetiva de tus patologías:
- Radiografías, resonancias magnéticas o TAC: Especialmente importantes en patologías osteoarticulares
- Electromiogramas: Para problemas neurológicos o musculares
- Analíticas: Que muestren alteraciones relevantes (marcadores de inflamación, etc.)
- Pruebas funcionales: Como espirometrías en problemas respiratorios o ergometrías en cardiopatías
Historial de tratamientos
Documenta todos los tratamientos que has seguido y sigues actualmente:
- Listado de medicación: Incluyendo dosis y efectos secundarios que experimentas
- Tratamientos de fisioterapia o rehabilitación: Con fechas y resultados
- Intervenciones quirúrgicas: Incluyendo los informes postoperatorios
- Tratamientos alternativos o paliativos: Que hayas tenido que adoptar para manejar tus síntomas
Documentación laboral complementaria
Aunque el foco principal está en lo médico, la documentación laboral también es relevante:
- Descripción detallada de tu profesión habitual: Funciones, exigencias físicas y cognitivas
- Certificados de empresa: Que corroboren las tareas que realizabas
- Historial de bajas laborales: Que demuestre la recurrencia o cronicidad de tus problemas
Estrategias efectivas para afrontar la evaluación médica en una revisión de oficio
La evaluación por el médico evaluador del INSS es un momento decisivo en el proceso de revisión de oficio de tu incapacidad permanente. Esta cita no debe tomarse a la ligera, ya que el informe que emita este profesional tendrá un peso determinante en la decisión final. Basándome en mi experiencia defendiendo a cientos de trabajadores, te ofrezco estas estrategias:
Antes de la evaluación médica
La preparación previa es fundamental:
- Organiza toda tu documentación médica cronológicamente y lleva copias para entregarlas
- Repasa tu historial médico para tener claras fechas, tratamientos y evolución
- Reflexiona sobre cómo tus limitaciones afectan a tu día a día y prepárate para explicarlo
- Descansa adecuadamente la noche anterior para estar lúcido durante la evaluación
Durante la evaluación con el médico del INSS
Tu comportamiento durante la evaluación es crucial:
- Sé honesto y preciso. No exageres tus síntomas, pero tampoco los minimices
- Describe con detalle las limitaciones funcionales que experimentas, no solo los diagnósticos
- Explica cómo ha evolucionado tu condición desde que te concedieron la incapacidad
- Menciona los tratamientos que has seguido y su efectividad (o falta de ella)
- Detalla cómo tus patologías impactan en tu capacidad laboral específica para tu profesión habitual
Veamos por qué este detalle marca la diferencia: muchos beneficiarios cometen el error de centrarse solo en el dolor o en los diagnósticos, cuando lo verdaderamente relevante son las limitaciones funcionales concretas que impiden desarrollar las tareas fundamentales de su profesión.
Errores que debes evitar
Hay comportamientos que pueden perjudicar seriamente tu evaluación:
- No adoptar actitudes agresivas o a la defensiva con el médico evaluador
- Evitar contradicciones entre lo que dices y lo que reflejan tus informes
- No minimizar tus problemas por temor o vergüenza
- No rechazar pruebas o exploraciones que el médico considere necesarias
El papel de un acompañante
Aunque no es obligatorio, puede ser beneficioso acudir acompañado:
- Un familiar cercano puede corroborar aspectos de tu día a día
- Tu abogado puede asistir como observador (aunque no suele ser habitual)
- El acompañante puede ayudarte a recordar aspectos importantes que debas mencionar
¿Te han propuesto una revisión de oficio del INSS sin pedirla? Posibles resultados y sus consecuencias
Tras completar todo el procedimiento de revisión de oficio iniciado por el INSS, llegarás finalmente a la resolución. Es importante que conozcas los posibles escenarios y sus implicaciones prácticas para estar preparado:
Confirmación de tu incapacidad permanente
Si el INSS determina que persisten las limitaciones que dieron lugar a tu incapacidad, la resolución confirmará tu situación actual:
- Mantendrás el mismo grado de incapacidad (parcial, total, absoluta o gran invalidez)
- Continuarás percibiendo la misma prestación económica
- Se mantendrán las mismas condiciones y compatibilidades
- Podrían establecer un nuevo plazo para una futura revisión
Este es, obviamente, el resultado más favorable y el que buscamos cuando defendemos a nuestros clientes.
Modificación del grado de incapacidad
En algunos casos, el INSS puede determinar que tu situación ha cambiado, pero no lo suficiente como para extinguir la incapacidad:
- Reducción de grado: Por ejemplo, de absoluta a total, lo que implicaría una reducción en la cuantía de tu pensión y cambios en las compatibilidades laborales
- Aumento de grado: Menos frecuente en revisiones de oficio, pero posible si se constata un empeoramiento significativo
Extinción de la incapacidad permanente
El escenario más temido es que el INSS determine que te has recuperado lo suficiente como para desempeñar tu profesión habitual:
- Cesaría el pago de tu prestación económica
- Tendrías derecho a reincorporarte a tu empresa si no han pasado más de 2 años desde la declaración de incapacidad (art. 48.2 del Estatuto de los Trabajadores)
- En algunos casos, podrías tener derecho a una indemnización a tanto alzado
- Si no puedes reincorporarte a tu empresa, pasarías a situación de desempleo con derecho a prestación si cumples los requisitos
Consecuencias prácticas según el resultado
Cada resultado tiene implicaciones específicas que debes conocer:
- Efectos económicos: Los cambios en la prestación suelen tener efectos desde la fecha de la resolución
- Efectos laborales: Modificaciones en las compatibilidades con trabajos o actividades
- Efectos en la cotización: Cambios en la situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social
- Efectos fiscales: Posibles variaciones en el tratamiento fiscal de tus ingresos
¿Cómo impugnar una resolución desfavorable tras una revisión de oficio del INSS?
Si tras la revisión de oficio iniciada por el INSS recibes una resolución que reduce o extingue tu incapacidad permanente, y consideras que esta decisión no refleja tu verdadera situación médica, tienes derecho a impugnarla. Este es el camino a seguir:
Reclamación previa administrativa
El primer paso obligatorio es presentar una reclamación previa ante el propio INSS:
- Plazo: Dispones de 30 días hábiles desde la notificación de la resolución
- Forma: Debe presentarse por escrito, preferiblemente en el registro del INSS o por medios electrónicos
- Contenido: Debe incluir tus datos personales, la resolución que impugnas, los motivos de disconformidad y la petición concreta
- Documentación: Adjunta nuevos informes médicos o pruebas que no hayas aportado anteriormente
Esta reclamación da al INSS la oportunidad de reconsiderar su decisión sin necesidad de acudir a los tribunales. Sin embargo, en mi experiencia, el porcentaje de éxito en esta vía es relativamente bajo en casos de revisiones de oficio, especialmente si no aportas documentación médica nueva y relevante.
Demanda judicial ante el Juzgado de lo Social
Si la reclamación previa es desestimada (o si transcurren 45 días sin respuesta, lo que se considera silencio administrativo negativo), el siguiente paso es la vía judicial:
- Plazo: 30 días hábiles desde la notificación de la resolución que desestima la reclamación previa
- Jurisdicción competente: Juzgados de lo Social de tu domicilio
- Necesidad de abogado: Aunque no es obligatorio, es altamente recomendable contar con un abogado especializado
- Preparación del caso: Es fundamental reunir toda la documentación médica actualizada y, si es posible, solicitar una pericial médica independiente
Estrategias efectivas para la fase judicial
Como abogado especializado en incapacidades permanentes, considero que estos elementos son clave para tener éxito en la impugnación judicial:
- Pericial médica de parte: Un informe detallado de un médico especialista que evalúe específicamente tu capacidad laboral
- Testigos relevantes: Personas que puedan corroborar tus limitaciones en el día a día
- Documentación exhaustiva: Todos los informes médicos, pruebas diagnósticas y tratamientos seguidos
- Descripción detallada de tu profesión: Documentos que acrediten las exigencias físicas y cognitivas de tu trabajo habitual
Medidas cautelares: mantenimiento de la prestación
Un aspecto crucial que muchos desconocen es la posibilidad de solicitar medidas cautelares:
- Puedes solicitar al Juzgado que, mientras se resuelve el procedimiento, se mantenga el pago de tu prestación
- Esta medida es especialmente importante en casos de extinción de la incapacidad
- Para conseguirla, deberás acreditar tanto el «fumus boni iuris» (apariencia de buen derecho) como el «periculum in mora» (riesgo por la demora del proceso)
Medidas preventivas: cómo minimizar el riesgo de una revisión de oficio desfavorable
Si ya eres beneficiario de una incapacidad permanente, existen acciones preventivas que puedes tomar para reducir el riesgo de enfrentarte a una revisión de oficio del INSS o, al menos, para estar mejor preparado si esta se produce:
Seguimiento médico continuado y documentado
Mantener un seguimiento médico regular es fundamental:
- Acude regularmente a tus citas médicas, incluso si tu condición es estable
- Solicita informes periódicos que documenten la persistencia de tus limitaciones
- Realiza las pruebas diagnósticas de control que te recomienden
- Mantén actualizado tu tratamiento y documenta su efectividad o efectos secundarios
Este seguimiento no solo beneficia tu salud, sino que genera un historial médico continuado que será muy valioso en caso de revisión.
Coherencia entre tu estado de salud y tu actividad
Es importante que exista coherencia entre las limitaciones que alegaste para obtener la incapacidad y tu estilo de vida:
- Si realizas actividades que contradicen frontalmente tus limitaciones reconocidas, podrías desencadenar una revisión
- Sé consciente de tu presencia en redes sociales y de la imagen que proyectas
- Si has mejorado lo suficiente como para realizar actividades incompatibles con tu incapacidad, considera solicitar tú mismo una revisión por mejoría
Conoce las compatibilidades de tu incapacidad
Es fundamental que conozcas exactamente qué actividades son compatibles con tu grado de incapacidad:
- La incapacidad permanente total es compatible con trabajos distintos a tu profesión habitual
- La incapacidad permanente absoluta y gran invalidez son compatibles con actividades que no comprometan tu estado, aunque con limitaciones
- Si decides trabajar siendo beneficiario de una incapacidad, asegúrate de que la actividad es realmente compatible
Asesoramiento legal preventivo
No esperes a recibir la notificación de revisión para buscar asesoramiento:
- Una consulta preventiva con un abogado especializado puede ayudarte a identificar posibles vulnerabilidades
- Mantén organizada toda tu documentación médica para actuar con rapidez si es necesario
- Conoce de antemano tus derechos y los procedimientos que deberías seguir
¿Buscas protegerte ante una revisión de oficio propuesta por el INSS sin haberla solicitado? Casos prácticos y ejemplos reales
Para entender mejor cómo funciona en la práctica una revisión de oficio iniciada por el INSS, te presento algunos casos reales (con nombres modificados) que he gestionado en mi despacho:
Caso de Manuel: Revisión de oficio tras 5 años con incapacidad permanente total
Manuel, de 47 años, trabajador de la construcción, tenía reconocida una incapacidad permanente total por problemas severos de columna (hernia discal L4-L5 y L5-S1 con radiculopatía). Tras 5 años percibiendo su pensión, recibió una notificación de revisión de oficio.
¿Qué motivó la revisión? El INSS había recibido informes de que se había sometido a una intervención quirúrgica con buenos resultados.
¿Cómo actuamos?
- Recopilamos informes del neurocirujano que confirmaban que, pese a la cirugía, persistían limitaciones funcionales
- Solicitamos una resonancia magnética actualizada que mostraba fibrosis postquirúrgica
- Documentamos que seguía con tratamiento analgésico continuado
- Preparamos un informe detallado de las exigencias físicas de su profesión habitual
Resultado: El INSS confirmó su incapacidad permanente total, reconociendo que, aunque había mejorado, persistían limitaciones incompatibles con su profesión habitual.
Caso de Elena: Revisión de oficio de una incapacidad permanente absoluta por fibromialgia
Elena, de 52 años, administrativa, tenía reconocida una incapacidad permanente absoluta por fibromialgia severa, fatiga crónica y depresión mayor. Tras 3 años, el INSS inició una revisión de oficio.
¿Qué motivó la revisión? El INSS consideraba que las patologías psiquiátricas habían mejorado según los informes de seguimiento.
¿Cómo actuamos?
- Solicitamos informes actualizados de reumatología que confirmaban la persistencia de la fibromialgia con afectación severa
- Aportamos informes de psiquiatría que, si bien mostraban mejoría del estado anímico, vinculaban esta mejoría precisamente a no estar sometida a estrés laboral
- Documentamos todos los tratamientos farmacológicos que seguía tomando
- Presentamos un diario de síntomas que Elena había estado llevando
Resultado: Inicialmente, el INSS redujo su incapacidad a total. Impugnamos judicialmente y, con una pericial médica independiente, conseguimos que el Juzgado de lo Social restituyera la incapacidad permanente absoluta.
Caso de Jorge: Extinción tras revisión de oficio y recuperación judicial
Jorge, de 39 años, comercial, tenía reconocida una incapacidad permanente total por trastorno de ansiedad generalizada con crisis de pánico. Tras 2 años, el INSS inició una revisión de oficio.
¿Qué motivó la revisión? Informes de seguimiento psiquiátrico que indicaban mejoría con el tratamiento.
¿Cómo actuamos? En este caso, Jorge acudió a nosotros después de que el INSS ya hubiera extinguido su incapacidad:
- Presentamos reclamación previa argumentando que, aunque había mejoría, persistía la imposibilidad de realizar trabajos de cara al público o con presión comercial
- Ante la desestimación, interpusimos demanda judicial
- Solicitamos una pericial psiquiátrica independiente
- Aportamos testigos (antiguos compañeros) que conocían las exigencias de su trabajo
Resultado: El Juzgado de lo Social nos dio la razón, reconociendo que, aunque había mejoría, esta no era suficiente para desempeñar su profesión habitual como comercial, que implicaba alto nivel de estrés y objetivos de venta.
Preguntas frecuentes sobre la revisión de oficio cuando el INSS te la propone sin haberla solicitado
¿Puede el INSS iniciar una revisión de oficio en cualquier momento?
Sí, el INSS tiene la facultad legal de iniciar una revisión de oficio de tu incapacidad permanente en cualquier momento hasta que cumplas la edad de jubilación. Esta potestad está recogida en el artículo 200 de la Ley General de la Seguridad Social. Sin embargo, debe existir una causa objetiva que justifique la revisión, como indicios de mejoría, error de diagnóstico o posibilidad de rehabilitación laboral.
¿Qué sucede con mi pensión mientras dura el proceso de revisión de oficio?
Durante el procedimiento de revisión de oficio iniciado por el INSS, seguirás percibiendo tu pensión con normalidad hasta que se emita la resolución definitiva. Si la resolución modifica o extingue tu incapacidad, los efectos económicos suelen aplicarse desde la fecha de dicha resolución. En caso de impugnación judicial, puedes solicitar como medida cautelar que se mantenga el pago de la prestación mientras se resuelve el proceso.
¿Puedo negarme a acudir a la evaluación médica en una revisión de oficio?
No es recomendable negarse a acudir a la evaluación médica, ya que esto podría tener consecuencias negativas. Si no asistes sin causa justificada, el INSS podría suspender cautelarmente el pago de tu prestación e incluso, en casos extremos, extinguir tu derecho. Si no puedes acudir por motivos médicos justificados, debes comunicarlo inmediatamente y aportar la documentación que lo acredite, solicitando una nueva fecha para la evaluación.
Conclusiones: claves para proteger tus derechos ante una revisión de oficio del INSS
Enfrentarse a una revisión de oficio cuando el INSS te la propone sin haberla solicitado puede ser un proceso estresante, pero con la información adecuada y una estrategia bien planificada, es posible proteger tus derechos y mantener tu prestación si realmente sigues cumpliendo los requisitos médicos.
A lo largo de este artículo, hemos visto que este procedimiento, aunque legalmente establecido, no debe tomarse a la ligera. Las acciones que emprendas desde el momento en que recibes la notificación pueden marcar la diferencia entre mantener tu incapacidad o perderla.
Los puntos clave que debes recordar son:
- Actúa con rapidez desde que recibes la notificación, recopilando documentación médica actualizada
- Busca asesoramiento legal especializado, preferiblemente antes de la evaluación médica
- Prepárate adecuadamente para la evaluación con el médico del INSS
- Conoce tus derechos y las vías de impugnación si la resolución es desfavorable
- Mantén un seguimiento médico continuado de tus patologías, incluso cuando tu situación sea estable
Como abogado especializado en incapacidades permanentes, he visto cómo muchas personas logran mantener sus prestaciones tras una revisión de oficio cuando presentan su caso adecuadamente. La clave está en demostrar que, a pesar de posibles mejorías puntuales, persisten las limitaciones funcionales que te impiden desarrollar tu profesión habitual o, en casos de incapacidad absoluta, cualquier profesión.
Recuerda que no estás solo en este proceso. Contar con apoyo profesional te permitirá afrontar la revisión con mayor tranquilidad y con mayores garantías de éxito.